Tuesday, March 18, 2014

Los daños punitivos.


Los daños punitivos pertenecientes a la familia Civil Law o del sistema europeo continental, el resarcimiento del daño compete únicamente a la pérdida sufrida y a la ganancia de la que el damnificado hubiera sido privada.

         Dentro el sistema anglosajón el daño punitivo puede ser concebido como como una especie de sanción monetaria de carácter civil, cuyo monto excede al ámbito de la reparación de los daños y los perjuicios ocasionados.

          Según la doctrina, las sanciones indemnizatorias, operan mayoritariamente en el ámbito del derecho de la competencia y el derecho penal económico y vendrían a cumplir dos funciones esenciales, una de tipo preventivo y otra que opera como castigo o justa retribución de una conducta deliberadamente dañosa.

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